Normativa

Licencia turística Castilla-La Mancha: requisitos del Decreto 36/2018 y cómo tramitarla en 2026

Para alquilar una vivienda de uso turístico en Castilla-La Mancha tienes que presentar por vía electrónica una declaración responsable ante la Dirección General de Turismo, antes de empezar y antes de anunciarla. Te explicamos el Decreto 36/2018, el trámite, el código que debe ir en tus anuncios, las suspensiones de Cuenca, Albacete y Argés y la nueva ley de turismo en tramitación, a octubre de 2026.

Por Opal Properties · Actualizado el 24 de octubre de 2026 · 13 min de lectura

Vista de Toledo y el río Tajo desde el mirador
Toledo y el Tajo desde el mirador del Valle. Foto: Misburg3014, CC BY-SA 3.0, vía Wikimedia Commons.

Qué norma regula la licencia turística en Castilla-La Mancha

En Castilla-La Mancha la «licencia turística» es una declaración responsable que presentas por vía electrónica ante la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía de la Junta, antes de empezar a alquilar y antes de anunciar la vivienda. La regula el Decreto 36/2018, de 29 de mayo, que ordena los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico (DOCM nº 113, de 11 de junio de 2018). Entró en vigor a los veinte días de su publicación y fue la primera norma de la comunidad para esta figura.

Por encima está la Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha, que regula la declaración responsable, el registro y las multas. A octubre de 2026 no nos consta en el DOCM ninguna modificación del decreto, pero la Junta tramita una nueva ley de turismo y tres ayuntamientos ya han frenado nuevas viviendas turísticas.

AspectoQué exige Castilla-La Mancha a octubre de 2026
NormaDecreto 36/2018 (DOCM 11/6/2018) y Ley 8/1999 de Ordenación del Turismo
TrámiteDeclaración responsable ante la Dirección General de Turismo, solo por vía electrónica con firma electrónica
ModalidadSolo vivienda completa, nunca por habitaciones
Capacidad máximaLa de la licencia de primera ocupación o, si no la fija, 12 plazas
Comunidad de vecinosEstatutos sin prohibición y acuerdo por tres quintos si hay propiedad horizontal
Cuándo empiezasCon la presentación de la declaración
AnunciosCódigo de inscripción en toda la publicidad (art. 16.4 del decreto)
Suspensiones municipalesCuenca (casco antiguo), Albacete (bajos sin acuerdo de la comunidad) y Argés (todo el término)
Multa por operar sin declaraciónDe 6.011 a 60.010 € (infracción muy grave)

Quién la necesita y qué no es vivienda de uso turístico

La necesitas si cedes un piso, una casa o un chalé, amueblado y listo para entrar, de forma habitual, entero y a cambio de dinero, y lo comercializas en canales de oferta turística (art. 2.c). Para el decreto hay habitualidad cuando alojas a turistas dos o más veces al año y lo anuncias en cualquier canal, propio o de terceros (art. 2.d). Es un umbral bajo: con dos estancias al año anunciadas en Airbnb ya hay habitualidad.

  • Solo vivienda completa. La cesión por estancias o habitaciones queda fuera del decreto (art. 1.2.c). Si te interesa ese modelo en otras comunidades, lo explicamos en alquiler turístico por habitaciones.
  • Uso turístico exclusivo. Mientras funcione como vivienda turística no puede usarse como residencia permanente ni para otro fin (art. 3).
  • Otras figuras. Los apartamentos turísticos, con dos o más unidades en un bloque o conjunto, tienen categorías de una a cuatro llaves y requisitos propios. Las casas rurales y la cesión gratuita quedan fuera del decreto.

¿Y el alquiler de temporada en Castilla-La Mancha?

Un contrato de temporada de la Ley de Arrendamientos Urbanos no es vivienda turística. Desde el 8 de octubre de 2026, el Real Decreto-ley 29/2026 exige que el arrendamiento de vivienda temporal dure más de 31 días y, como regla general, no más de 12 meses, con una causa real y acreditable; si falta, se trata como alquiler de vivienda habitual. El mismo texto limita a 31 días la cesión turística. A la fecha de este artículo el BOE no recoge su convalidación por el Congreso. Lo comparamos en alquiler de temporada o alquiler turístico.

Requisitos del Decreto 36/2018

El artículo 16 fija los requisitos mínimos. No hace falta adjuntar los documentos con la declaración, pero tienen que estar a disposición de Turismo (art. 6.5).

Vivienda y comunidad

  • Cumplir la normativa de habitabilidad y seguridad para uso residencial como vivienda.
  • Que los estatutos de la comunidad de propietarios no prohíban expresamente el alojamiento turístico. Desde abril de 2025, además, hace falta el acuerdo de la junta (lo vemos más abajo).
  • Como mínimo, salón-comedor, cocina, dormitorio y baño, con ventilación directa al exterior o a patios y persianas u oscurecimiento en las ventanas.

Equipamiento y servicios

  • Calefacción y aire acondicionado en dormitorios y salón, y wifi.
  • Muebles, electrodomésticos y menaje según las plazas, ropa de cama y toallas con un juego de reposición, tabla y plancha.
  • Botiquín, instrucciones de los electrodomésticos y normas internas sobre mascotas, fumadores y zonas de uso restringido.
  • Limpieza a la entrada y salida de cada cliente y un teléfono visible para resolver incidencias de inmediato.
  • Información turística de la zona, servicios médicos, comercios, aparcamientos y transporte (art. 5), hojas de reclamaciones con cartel (art. 7) y placa distintiva en la puerta (art. 17).

Capacidad

Como máximo, dos plazas en el salón-comedor y cuatro por dormitorio, de las que dos deben ser camas. La capacidad total no puede superar la que fije la licencia de primera ocupación o documento análogo; si no la fija, el tope es de 12 plazas, y por encima se aplica el régimen hotelero o extrahotelero que corresponda (art. 16.3).

Paso a paso del trámite

  1. Consulta en urbanismo si tu municipio tiene suspendidas las licencias o una ordenanza para viviendas turísticas. Es lo que hoy ocurre en Cuenca, Albacete y Argés.
  2. Revisa los estatutos y consigue el acuerdo de la comunidad por tres quintos si la vivienda está en un edificio en propiedad horizontal.
  3. Prepara la vivienda con el equipamiento del artículo 16, la placa, la información turística y las hojas de reclamaciones.
  4. Presenta la declaración responsable en la sede electrónica de la Junta (jccm.es), con el trámite «Declaración responsable de inicio de actividad como vivienda de uso turístico de Castilla-La Mancha e inscripción en el registro general». Solo se admite de forma telemática y con firma electrónica (art. 6.4).
  5. Empieza a operar. La declaración habilita para la actividad (art. 9.3 de la Ley 8/1999), y Turismo inscribe la vivienda en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos de Castilla-La Mancha.
  6. Pon el código en tus anuncios y en la confirmación de cada reserva.

Los cambios de capacidad se comunican con una nueva declaración, y el cambio de titular, de denominación o el cese, con una comunicación en la misma sede (art. 6.2 y 6.3).

Código de inscripción en anuncios y reservas

El código de inscripción de la vivienda en el registro de Castilla-La Mancha tiene que aparecer en toda la publicidad, promoción o comercialización (art. 16.4): Airbnb, Booking, tu web y redes. También va en la confirmación de la reserva (art. 19.2) y en el documento que entregas al huésped al llegar, con las fechas, las personas y el precio total. Ese documento, firmado por el huésped, se guarda cinco años a disposición de Turismo (art. 25).

La Ley 8/1999 califica como leve incumplir las disposiciones sobre información o publicidad (art. 61.2), y como muy grave hacer publicidad de la actividad sin haber presentado la declaración (art. 63.1). Con el registro estatal anulado, el código que cuenta en Castilla-La Mancha es el autonómico.

El decreto también fija reglas de funcionamiento: salvo pacto, la entrada es a partir de las 14:00 y la salida a las 12:00 (art. 24); el precio incluye agua, energía, climatización, ropa de cama y limpieza (art. 23.4); y si no pactas otra cosa, la penalización por cancelación va del 5 % del anticipo con más de 30 días de antelación al 100 % con siete días o menos (art. 21).

Cuenca, Albacete, Argés y Toledo

La Junta no fija topes de viviendas turísticas, pero los ayuntamientos pueden suspender licencias mientras cambian su planeamiento (art. 130 del Reglamento de Planeamiento). A octubre de 2026 lo han hecho tres, todos publicados en el DOCM.

2.066viviendas de uso turístico en el registro de Castilla-La Mancha: 1.014 en la provincia de Toledo, 420 en Cuenca, 343 en Ciudad Real, 150 en Albacete y 136 en Guadalajara (datos abiertos de la Junta, actualizados a mayo de 2026).

Cuenca: suspensión en el casco antiguo

El Pleno del 29 de junio de 2026 inició la modificación del Plan Especial del Casco Antiguo y sus Hoces para regular, ordenar y delimitar las viviendas de uso turístico, y suspendió las licencias y autorizaciones de inicio de actividad para ese uso en todo el ámbito del plan especial (DOCM de 20 de julio de 2026). La suspensión dura como máximo un año desde la publicación del acuerdo en el BOP y se prorroga hasta un total de dos cuando la modificación salga a información pública. Se limita al ámbito del plan especial y no afecta a las obras de conservación o reforma ni a los usos residenciales convencionales. En el registro autonómico figuran 291 viviendas turísticas en el municipio de Cuenca.

Albacete: bajos sin acuerdo de la comunidad

El Pleno del 31 de marzo de 2026 suspendió las licencias urbanísticas para implantar apartamentos turísticos en locales de planta baja de edificios residenciales, con acceso independiente desde el exterior o unidos a locales no residenciales de esa planta, cuando la norma zonal lo permita pero no exista la autorización expresa de la comunidad por tres quintos (DOCM de 16 de abril de 2026). El ayuntamiento prevé incorporar esa exigencia al plan general con la modificación n.º 64, pendiente de elaboración. En el registro autonómico figuran 89 viviendas turísticas en la ciudad.

Argés: suspensión en todo el municipio

Argés, junto a Toledo, suspendió el 30 de abril de 2025 las licencias, comunicaciones y declaraciones para nuevas viviendas turísticas, apartamentos turísticos y alojamientos de turismo rural en todo el término (DOCM de 9 de mayo de 2025). En abril de 2026 sometió a información pública la modificación de sus normas subsidiarias, con una ordenanza específica para estos usos; el acuerdo de 2025 ya planteaba un uso «extrahotelero» diferenciado, con limitaciones según la saturación de cada zona. La suspensión no puede pasar de dos años desde el acuerdo, y a octubre de 2026 no nos consta en el DOCM la aprobación definitiva.

Toledo

La capital concentra 597 viviendas registradas, la mayor cifra de la comunidad. A octubre de 2026 no nos consta en el DOCM ninguna suspensión de licencias para viviendas turísticas en Toledo. Aun así, pide información urbanística sobre el edificio antes de comprar, sobre todo en el casco histórico.

Antes de comprar o reformar para alquiler turístico en Castilla-La Mancha, pregunta en el ayuntamiento si hay una suspensión de licencias o una modificación del planeamiento en tramitación. Mientras dure una suspensión, el ayuntamiento no concede las licencias o autorizaciones municipales para ese uso, y la declaración ante Turismo no las sustituye.

La nueva Ley de Turismo, todavía en anteproyecto

La Junta tramita una ley que sustituirá a la de 1999. La Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía sometió el anteproyecto de Ley de Turismo de Castilla-La Mancha a información pública durante 20 días hábiles y abrió un proceso de participación ciudadana (resolución de 10 de julio de 2026, DOCM de 16 de julio). A octubre de 2026 sigue siendo un anteproyecto: no está aprobado y su contenido puede cambiar. Hasta que entre en vigor, se aplican la Ley 8/1999 y el Decreto 36/2018.

Comunidad de vecinos, registro estatal y registro de viajeros

El decreto solo pide que los estatutos no prohíban la actividad, pero desde el 3 de abril de 2025 la Ley de Propiedad Horizontal exige la aprobación expresa de la comunidad, con el voto de tres quintas partes de los propietarios que representen tres quintas partes de las cuotas (arts. 7.3 y 17.12). La misma mayoría sirve para limitarla, prohibirla o subir hasta un 20 % los gastos comunes de esa vivienda, sin efectos retroactivos. Albacete ya la ha convertido en condición urbanística para los bajos. Lo explicamos en piso turístico y comunidad de vecinos.

El Tribunal Supremo anuló en mayo de 2026 el Registro Único de Arrendamientos y su número estatal; lo contamos en el registro único de alquiler turístico anulado. Sigue vigente el registro de viajeros del Real Decreto 933/2021, que se comunica por SES.Hospedajes. En Opal lo hacemos por cada huésped sin coste adicional dentro de la gestión integral de viviendas turísticas, con una comisión del 18 % + IVA sobre lo que recibes y sin permanencia.

Multas, plazos y costes

Las sanciones están en la Ley 8/1999 de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha (arts. 60 a 67), a la que remite el decreto (art. 28). Además, no presentar la declaración antes de empezar supone la suspensión de la actividad o el cierre (art. 9.5).

InfracciónMultaEjemplos y sanción añadida
LeveApercibimiento o hasta 600 €No exhibir la placa, incumplir lo que exige la normativa sobre información o publicidad
GraveDe 601 a 6.010 €Incumplir los requisitos declarados, alojar a más personas de las permitidas, obstruir la inspección. Posible suspensión o cierre de hasta 6 meses
Muy graveDe 6.011 a 60.010 €Prestar el servicio o anunciarlo sin declaración responsable (art. 63.1) o con datos esenciales falsos (art. 63.5). Posible suspensión o cierre de hasta 3 años

Plazos y costes

  • Puedes empezar al presentar la declaración, pero antes necesitas el acuerdo de la comunidad y comprobar que tu municipio no tiene suspendidas las licencias.
  • El Decreto 36/2018 no regula ninguna tasa por la declaración.
  • Aire acondicionado, calefacción, wifi, botiquín, placa y adaptación de la vivienda no tienen precio oficial: pide presupuesto.

Esto es la norma general a octubre de 2026. Cada vivienda tiene sus particularidades, sobre todo urbanísticas, así que comprueba tu caso con el ayuntamiento y con la Dirección General de Turismo antes de anunciarte.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se saca la licencia turística en Castilla-La Mancha?

Presentando en la sede electrónica de la Junta (jccm.es) la declaración responsable de inicio de actividad como vivienda de uso turístico, con firma electrónica. No se admite en papel. Turismo inscribe después la vivienda en el registro de empresas y establecimientos turísticos.

¿Cuánto tarda la licencia de vivienda turística en Castilla-La Mancha?

La declaración responsable habilita para la actividad desde que la presentas. Antes conviene confirmar que tu ayuntamiento no tiene suspendidas las licencias para este uso y tener el acuerdo de la comunidad de vecinos si el edificio está en propiedad horizontal.

¿Se puede tener un piso turístico en el casco antiguo de Cuenca?

No para nuevas viviendas mientras dure la suspensión que aprobó el Pleno el 29 de junio de 2026 (DOCM de 20 de julio): afecta a las licencias y autorizaciones de inicio de actividad en todo el ámbito del Plan Especial del Casco Antiguo y sus Hoces, por un máximo de dos años.

¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos para un piso turístico en Castilla-La Mancha?

Sí, si el edificio está en propiedad horizontal: el decreto exige que los estatutos no lo prohíban y, desde el 3 de abril de 2025, la Ley de Propiedad Horizontal pide el acuerdo expreso de tres quintas partes de los propietarios y de las cuotas. En Albacete es además condición para los apartamentos turísticos en bajos.

¿Se puede alquilar por habitaciones como vivienda turística en Castilla-La Mancha?

No. El Decreto 36/2018 excluye expresamente la cesión por estancias o habitaciones: la vivienda de uso turístico se cede siempre completa.

¿Qué multa hay por tener una vivienda turística sin registrar en Castilla-La Mancha?

Prestar el servicio o anunciarlo sin declaración responsable es infracción muy grave según la Ley 8/1999, con multas de 6.011 a 60.010 € y posible cierre de hasta tres años.

¿Sigue haciendo falta el registro único estatal en Castilla-La Mancha?

No. El Tribunal Supremo anuló en mayo de 2026 el procedimiento del Registro Único de Arrendamientos y su número. El que debes mostrar es el código de inscripción en el registro turístico de Castilla-La Mancha.

Fuentes

  1. Decreto 36/2018, de 29 de mayo, ordenación de los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en Castilla-La Mancha (DOCM nº 113, 11/6/2018)
  2. Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha, texto consolidado (BOE)
  3. Sede electrónica de la Junta: declaración responsable de inicio de actividad como vivienda de uso turístico
  4. Junta de Comunidades: apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico en datos abiertos (actualizado a mayo de 2026)
  5. DOCM: Ayuntamiento de Cuenca, suspensión de licencias para viviendas de uso turístico en el casco antiguo (20/7/2026)
  6. DOCM: Ayuntamiento de Albacete, suspensión de licencias para apartamentos turísticos en plantas bajas (16/4/2026)
  7. DOCM: Ayuntamiento de Argés, suspensión de licencias para viviendas turísticas, apartamentos y turismo rural (9/5/2025)
  8. DOCM: Ayuntamiento de Argés, información pública de la modificación de las normas subsidiarias (1/4/2026)
  9. DOCM: información pública del anteproyecto de Ley de Turismo de Castilla-La Mancha (16/7/2026)
  10. Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal, texto consolidado (BOE)
  11. Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (BOE nº 249, 7/10/2026)
  12. Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2026 sobre el Real Decreto 1312/2024 (BOE, 26/6/2026)
  13. Real Decreto 933/2021, obligaciones de registro documental de viajeros (BOE)

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