Normativa

Licencia turística Navarra: requisitos, trámite y límites municipales en 2026

Para alquilar a turistas en Navarra tienes que inscribir el alojamiento en el Registro de Turismo de Navarra con una declaración responsable telemática y gratuita. Un piso en un bloque de vecinos es un «apartamento turístico» y una casa o chalé, una «vivienda turística». Te explicamos qué exige el Decreto Foral 230/2011, cómo se tramita y qué han limitado Burlada, Pamplona, Tudela y otros ayuntamientos a octubre de 2026.

Por Opal Properties · Actualizado el 24 de octubre de 2026 · 13 min de lectura

Plaza del Castillo de Pamplona con su quiosco
Plaza del Castillo, Pamplona. Foto: Anass Sedrati, CC BY-SA 4.0, vía Wikimedia Commons.

Qué norma regula la licencia turística en Navarra

En Navarra la «licencia» turística es la inscripción en el Registro de Turismo de Navarra, que se consigue presentando una declaración responsable ante el Gobierno de Navarra. No hay que esperar a una autorización: según el artículo 14.4 de la Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de Turismo, presentar la declaración con la documentación exigida basta para cumplir el deber de inscripción.

La ley se reformó a fondo con la Ley Foral 19/2020, de 16 de diciembre, que añadió la obligación de poner el código de inscripción en los anuncios y las obligaciones de las plataformas. Los requisitos técnicos están en el Decreto Foral 230/2011, de 26 de octubre, que aprueba el Reglamento de Ordenación de los Apartamentos Turísticos (BON nº 225, de 14 de noviembre de 2011). Es el reglamento que la ficha oficial del trámite sigue citando para apartamentos y viviendas turísticas a octubre de 2026.

AspectoQué exige Navarra a octubre de 2026
NormasLey Foral 7/2003 de Turismo (reformada por la Ley Foral 19/2020) y Decreto Foral 230/2011
TrámiteDeclaración responsable telemática para inscribirse en el Registro de Turismo de Navarra
Coste del trámiteGratuito, según la ficha del Gobierno de Navarra
Documento municipalCédula de habitabilidad, licencia de apertura o documento que la sustituya
SeguroResponsabilidad civil de 3.000 € por plaza, con un mínimo de 150.000 €
CategoríasDe una a cuatro llaves (tercera, segunda, primera y lujo)
AnunciosCódigo de inscripción visible en toda la publicidad y en las plataformas
Multa por operar sin inscripciónHasta 9.000 € (infracción grave)

Apartamento turístico o vivienda turística: la distinción navarra

Navarra no usa la expresión «vivienda de uso turístico» como otras comunidades. Tiene dos figuras, y depende del tipo de edificio (art. 22 de la ley):

  • Apartamento turístico: el que está en un edificio en régimen de propiedad horizontal, solo o por bloques. Un piso en un bloque de vecinos de Pamplona entra aquí. Su código empieza por UAT.
  • Vivienda turística: chalés, casas independientes, adosados u otros inmuebles análogos. El reglamento exige además al menos 90 m² útiles, acceso independiente y segregación vertical (art. 3 del Decreto Foral 230/2011). Su código empieza por UVT.

En ambos casos se trata de alojamientos amueblados, listos para entrar a vivir y cedidos por precio a turistas, comercializados en canales de oferta turística o de cualquier otro modo. La ley presume que hay actividad habitual en cuanto la anuncias por cualquier medio (art. 12.3), así que un anuncio en Airbnb o Booking ya te obliga a estar inscrito.

Hay dos variantes más. Si el alojamiento está en un núcleo de menos de 5.000 habitantes y ocupa un edificio de valor arquitectónico o de arquitectura tradicional, puede calificarse como rural (art. 5). Y diez o más unidades del mismo titular en un mismo edificio o conjunto forman un bloque de apartamentos turísticos (art. 4), con recepción obligatoria.

1.630apartamentos y viviendas turísticas en activo en el Registro de Turismo de Navarra, con 8.355 plazas fijas: 996 apartamentos, 317 apartamentos rurales, 177 viviendas, 131 viviendas rurales y 8 bloques (datos abiertos del Gobierno de Navarra, actualizados el 22 de octubre de 2026).

Pamplona concentra 480 de ellos, seguida de Tudela (133) y Baztan (106).

¿Y el alquiler de temporada en Navarra?

Alquilar por meses a alguien que se desplaza por trabajo o estudios no es alojamiento turístico, sino un contrato de arrendamiento. Desde el 8 de octubre de 2026, el Real Decreto-ley 29/2026 exige que el arrendamiento de vivienda temporal dure más de 31 días y, como regla general, no más de 12 meses, con una causa real y acreditable; a la fecha de este artículo el BOE no recoge su convalidación por el Congreso. Navarra añade su propia pieza: la Ley Foral 11/2026, de 2 de julio, crea el Registro de Contratos de Arrendamiento de Vivienda de Navarra, en el que habrá que inscribir los contratos de temporada y de habitaciones en el plazo de un mes, con efectos desde el 1 de enero de 2027. Comparamos las dos fórmulas en alquiler de temporada o alquiler turístico.

Requisitos del Decreto Foral 230/2011

El reglamento fija mínimos para todos los alojamientos y otros que dependen de la categoría. Lo esencial:

Para todos

  • Un extintor de al menos 6 kg de polvo por alojamiento y por planta, alumbrado de emergencia que señalice la evacuación y un plano de evacuación en el interior de la puerta de entrada (art. 24).
  • Botiquín de primeros auxilios (art. 25).
  • Placa normalizada junto a la entrada, roja con las letras AT o VT en dorado y las llaves de su categoría (art. 7 y anexo).
  • Hojas de reclamaciones y ficha de entrada firmada por el huésped con las fechas, el número de personas y el precio (arts. 11 y 17).
  • Camas supletorias que no superen el 50 % de las plazas fijas, como máximo dos por habitación y cuatro plazas por dormitorio (arts. 26 y 29).

Hay un requisito que pesa mucho a quien no vive cerca: si el titular no gestiona directamente el alojamiento, debe designar un encargado, y el titular o el encargado tienen que estar a disposición de los clientes dentro del núcleo de población donde está el alojamiento (art. 18).

Según la categoría

RequisitoLujo (4 llaves)Primera (3)Segunda (2)Tercera (1)
Baños1 por cada 3 plazas fijas1 por cada 41 por cada 51 por cada 6
Dormitorio doble12 m²11 m²10 m²10 m²
Salón comedor4 m² por plaza3 m² por plaza2,5 m² por plaza2 m² por plaza
InternetSíSíNo exigidoNo exigido
AscensorDesde la 1.ª plantaDesde la 2.ª plantaNo exigidoNo exigido

En todas las categorías hacen falta calefacción fija en todas las dependencias, agua caliente, lavadora y frigorífico, y el salón no puede bajar de 10 m². Turismo puede dispensar algún requisito técnico de forma motivada, sobre todo en edificios protegidos (art. 10).

Paso a paso del trámite

  1. Consulta en tu ayuntamiento si el planeamiento admite el uso turístico en ese edificio y qué licencia municipal necesitas. Va primero porque es lo que más varía de un municipio a otro (lo vemos más abajo).
  2. Revisa la comunidad de vecinos si el piso está en un edificio en propiedad horizontal.
  3. Reúne la documentación: título de propiedad o de disponibilidad del inmueble, cédula de habitabilidad o licencia de apertura y planos finales de obra o, en su defecto, planos a escala 1:100 con la superficie de cada dependencia (art. 9).
  4. Contrata el seguro de responsabilidad civil de explotación: 3.000 € por plaza y un mínimo de 150.000 €.
  5. Presenta la declaración responsable en el trámite «Registro de Turismo» de navarra.es, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, junto con el anexo para apartamentos y viviendas turísticas. La ficha oficial indica que es gratuita.
  6. Recibe el código y ponlo en tus anuncios. Turismo inscribe el alojamiento conforme a lo declarado y le asigna la categoría, sin perjuicio de comprobarlo después.

Si tienes dudas sobre la clasificación antes de invertir, la ley permite una consulta previa a Turismo, que debe responder en dos meses, aunque la respuesta no es vinculante (art. 13 bis). Los cambios de plazas, de servicios o de titular se comunican antes de hacerlos, y el cese, en la fecha en que se produce. Si dejas de operar más de dos años seguidos, Turismo puede cancelar la inscripción de oficio, con audiencia previa (art. 14.7).

Código de inscripción en los anuncios

Desde la Ley Foral 19/2020, el código de inscripción tiene que aparecer de forma visible en toda la publicidad, en las facturas y en cualquier canal de oferta turística, Airbnb y Booking incluidos (arts. 13.7 y 34.j). Los códigos del registro tienen este aspecto: UAT01418 para un apartamento turístico, UVT00944 para una vivienda turística y UVTR1422 para una vivienda turística rural.

Omitir el código es infracción leve (art. 53.q). Lo grave le llega a la plataforma: tras el requerimiento de Turismo, tiene que retirar los anuncios sin código y facilitar los datos del titular, y si no lo hace comete una infracción grave (arts. 34 bis y 54.1.ñ y o). Con el registro estatal anulado, el número que vale en Navarra es este.

Limitaciones municipales a octubre de 2026

La ley navarra no fija un tope de alojamientos turísticos ni zonas vetadas. Las limitaciones llegan por el urbanismo de cada ayuntamiento, y en 2025 y 2026 se han multiplicado.

Burlada

El Pleno acordó el 24 de septiembre de 2026 suspender la tramitación de licencias de cambio de uso a apartamentos o viviendas turísticas en todo el término municipal, por un máximo de un año, mientras estudia cómo regularlas. Se publicó en el BON nº 204, de 13 de octubre de 2026. Burlada tiene 10 alojamientos de este tipo en el registro.

Pamplona

A octubre de 2026 no nos consta en el BON una suspensión general de apartamentos turísticos en la capital. Lo que sí hay es una suspensión parcial: el Pleno del 2 de julio de 2026 (BON de 28 de julio) paralizó durante un máximo de un año las licencias para transformar plantas bajas en vivienda, residencia comunitaria o residencia eventual en los ejes comerciales prioritarios que enumera por barrios, fuera del Casco Antiguo y los Ensanches. Si piensas convertir un local en apartamento turístico, pregunta antes en urbanismo.

Tudela

Es la regulación más detallada de Navarra. El Pleno aprobó el 20 de julio de 2026 una modificación de su planeamiento (BON de 7 de agosto) que divide el municipio en tres zonas: en la parte sur del casco histórico solo se admiten alojamientos turísticos en la primera planta de cada portal; en el resto, en planta baja (salvo en ejes comerciales) y primera, y en la zona norte del casco y Virgen de la Cabeza también en plantas superiores si no comparten acceso con viviendas. Exige además certificado energético mínimo C, certificado técnico de idoneidad, plaza de aparcamiento por cada dos unidades nuevas en la zona T2 y licencia municipal de apertura. Los inscritos sin licencia municipal tienen seis meses para legalizarse.

Otros municipios

  • Ansoáin suspendió en 2025 las licencias de uso residencial eventual, que asimila a los apartamentos turísticos, en parcelas residenciales de todo el municipio (BON de 15 de abril de 2025).
  • Baztan (BON de 8 de agosto de 2025) e Isaba (BON de 21 de julio de 2026) aprobaron definitivamente planes especiales que regulan dónde y cómo se admite el alojamiento turístico. Olite tiene el suyo desde 2022.
  • Mendigorria aprobó en 2025 una ordenanza que pide 35 m² útiles a los apartamentos y 60 m² a las viviendas, certificado energético mínimo D y, con carácter general, solo admite apartamentos en planta baja y primera.

Además, la Orden Foral 157E/2025 declaró zona de mercado residencial tensionado a 21 municipios, entre ellos Pamplona, Tudela, Burlada, Barañáin, Estella-Lizarra y Baztan (BON de 13 de junio de 2025). A octubre de 2026 no nos consta que, en Navarra, esa declaración impida por sí sola inscribir apartamentos turísticos, a diferencia de lo que ocurre en la licencia turística del País Vasco.

Antes de comprar o reformar para alquiler turístico en Navarra, pide en el ayuntamiento información urbanística de tu dirección. La inscripción en el Registro de Turismo no sustituye a la licencia municipal, y varios ayuntamientos han suspendido o restringido estos usos en el último año.

Comunidad de vecinos, registro estatal y registro de viajeros

Si el apartamento está en un edificio en propiedad horizontal, desde el 3 de abril de 2025 la Ley de Propiedad Horizontal exige la aprobación expresa de la comunidad, con el voto de tres quintas partes de los propietarios que representen tres quintas partes de las cuotas (arts. 7.3 y 17.12). Esa mayoría también puede limitar o prohibir la actividad, o subir hasta un 20 % los gastos comunes de la vivienda, sin efectos retroactivos. Lo explicamos en piso turístico y comunidad de vecinos.

El Tribunal Supremo anuló en mayo de 2026 el procedimiento del Registro Único de Arrendamientos y su número estatal, porque se superponía a los registros autonómicos; lo contamos en el registro único de alquiler turístico anulado. Lo que sigue vigente es el registro de viajeros del Real Decreto 933/2021, que se comunica por SES.Hospedajes, como explicamos en SES.Hospedajes y registro de viajeros. En Opal lo hacemos por cada huésped sin coste adicional dentro de la gestión integral de viviendas turísticas, con una comisión del 18 % + IVA sobre lo que recibes y sin permanencia.

Multas, plazos y costes

Las multas navarras son más bajas que en otras comunidades, pero el Plan de Inspección de Turismo 2026-2027 (BON de 8 de mayo de 2026) hace de la oferta clandestina su prioridad y abre un buzón de denuncias anónimas.

InfracciónMultaEjemplos
LeveApercibimiento o hasta 1.200 €Anunciar sin el código de inscripción (art. 53.q), datos inexactos en la declaración, no tener los documentos exigibles
GraveHasta 9.000 €Actividad clandestina: anunciar o alquilar sin haber presentado la declaración (art. 54.1.a), no mantener el seguro, falsear documentación
Muy graveHasta 75.000 €Perjuicio grave a los clientes, discriminación, reincidencia en graves

Las graves pueden llevar además la suspensión de la actividad hasta seis meses, y las muy graves, hasta un año (art. 58). Si la declaración tiene datos esenciales falsos, Turismo puede impedirte volver a inscribirte durante un máximo de seis meses.

Plazos y costes

  • La inscripción es inmediata con la declaración completa, pero antes necesitas la licencia o el documento municipal, y ese plazo depende de cada ayuntamiento.
  • La declaración ante Turismo es gratuita. Las tasas municipales, los planos, el seguro, el extintor, el alumbrado de emergencia y la placa corren de tu cuenta: pide presupuesto.
  • Si resides en Navarra, declaras las rentas en el IRPF foral; el resto de obligaciones fiscales conviene revisarlas con tu asesor.

Esto es la norma general a octubre de 2026. Cada alojamiento tiene sus particularidades, sobre todo urbanísticas, así que confirma tu caso con el ayuntamiento y con el Registro de Turismo antes de anunciarte.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se saca la licencia de piso turístico en Navarra?

Presentando una declaración responsable en el trámite «Registro de Turismo» de navarra.es, con certificado digital o Cl@ve, junto con el anexo para apartamentos y viviendas turísticas. Antes necesitas la cédula de habitabilidad o la licencia municipal, los planos y el seguro de responsabilidad civil.

¿Cuánto cuesta la licencia turística en Navarra?

La declaración ante el Registro de Turismo de Navarra es gratuita según la ficha oficial del trámite. Pagas aparte las tasas municipales, los planos, el seguro, el extintor, el alumbrado de emergencia y la placa.

¿Qué diferencia hay entre apartamento turístico y vivienda turística en Navarra?

El apartamento turístico está en un edificio en régimen de propiedad horizontal, como un piso en un bloque. La vivienda turística es un chalé, una casa independiente o un adosado, y el reglamento le exige al menos 90 m² útiles, acceso independiente y segregación vertical.

¿Se pueden abrir pisos turísticos en Pamplona?

A octubre de 2026 no nos consta una suspensión general en Pamplona, que tiene 480 apartamentos y viviendas turísticas en activo. Sí está suspendida desde julio de 2026 la transformación de plantas bajas en ejes comerciales prioritarios, así que conviene pedir información urbanística antes de comprar.

¿Qué multa hay por alquilar un piso turístico sin registro en Navarra?

Anunciar o alquilar sin haber presentado la declaración responsable es actividad clandestina, infracción grave castigada con multa de hasta 9.000 € y posible suspensión de hasta seis meses. Anunciar sin el código de inscripción es leve, con multa de hasta 1.200 €.

¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos en Navarra?

Sí, si el piso está en un edificio en propiedad horizontal y empiezas después del 3 de abril de 2025: la Ley de Propiedad Horizontal exige la aprobación expresa de tres quintas partes de los propietarios que sumen tres quintas partes de las cuotas.

Fuentes

  1. Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de Turismo, texto consolidado (BOE)
  2. Ley Foral 19/2020, de 16 de diciembre, de modificación de la Ley Foral 7/2003 de Turismo (BON nº 296, 22/12/2020)
  3. Decreto Foral 230/2011, de 26 de octubre, Reglamento de Ordenación de los Apartamentos Turísticos (BON nº 225, 14/11/2011)
  4. Gobierno de Navarra: trámite «Registro de Turismo» (declaración, modificación y cese)
  5. Gobierno de Navarra, datos abiertos: apartamentos turísticos en activo del Registro de Turismo de Navarra (actualizado el 22/10/2026)
  6. Ayuntamiento de Burlada: suspensión de la tramitación de licencias de cambio de uso a apartamentos o viviendas turísticas (BON nº 204, 13/10/2026)
  7. Ayuntamiento de Pamplona: suspensión de licencias para transformar plantas bajas terciarias en usos residenciales o asimilados (BON nº 146, 28/7/2026)
  8. Ayuntamiento de Tudela: aprobación definitiva de la modificación de la Normativa Urbanística General, la Ordenanza General de Usos y el PEPRI (BON nº 154, 7/8/2026)
  9. Ayuntamiento de Ansoáin: suspensión de licencias relacionadas con el uso residencial eventual (BON nº 75, 15/4/2025)
  10. Ayuntamiento de Baztan: aprobación definitiva del Plan especial de regulación del uso de alojamiento turístico (BON nº 158, 8/8/2025)
  11. Ayuntamiento de Isaba: aprobación definitiva del Plan especial de regulación del uso de alojamiento turístico (BON nº 141, 21/7/2026)
  12. Ayuntamiento de Olite: aprobación definitiva del Plan Especial para la regulación de alojamientos turísticos (BON nº 110, 3/6/2022)
  13. Ayuntamiento de Mendigorria: Ordenanza municipal reguladora de alojamientos turísticos (BON nº 167, 22/8/2025)
  14. Orden Foral 157E/2025, de 19 de mayo, que declara 21 municipios zona de mercado residencial tensionado en Navarra (BON nº 118, 13/6/2025)
  15. Resolución 103E/2026, Plan de Inspección en materia de turismo de Navarra 2026-2027 (BON nº 89, 8/5/2026)
  16. Ley Foral 11/2026, de 2 de julio, reguladora del arrendamiento de habitaciones (BON nº 135, 13/7/2026)
  17. Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal, texto consolidado (BOE)
  18. Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (BOE nº 249, 7/10/2026)
  19. Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2026 sobre el Real Decreto 1312/2024 (BOE, 26/6/2026)
  20. Real Decreto 933/2021, obligaciones de registro documental de viajeros (BOE)

Sigue leyendo

El registro único de alquiler turístico, anuladoPiso turístico y comunidad de vecinosLicencia turística en el País VascoLicencia turística en La RiojaLicencia turística en AragónImpuestos del alquiler turístico